Procedimiento devolución dineros por parte de FONTUR

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Recordemos que, en virtud del artículo transitorio de la Ley 2068 de 2020, hasta el día 30 de marzo de 2021, los PST que se encuentren en estado suspendido en el RNT, por no haber renovado el año 2020, podrán realizar el proceso de reactivación de su registro sin efectuar el pago de un (1) SMMLV a favor de FONTUR.

FONTUR nos ha informado el procedimiento que deben adelantar los interesados en obtener la devolución de dineros consignados a favor de FONTUR. A continuación remitimos el procedimiento de solicitud de devolución de dinero ante FONTUR, que los PST pueden seguir directamente con esa entidad

Devolución de saldo a favor por concepto de multas:

Para obtener la devolución, si tiene pagos en exceso o pagos de lo no debido, es decir, si ha cancelado sumas mayores por concepto de multas y/o sanciones, o ha efectuado pagos sin que exista la causa legal para hacer exigible su cumplimiento, o que a raíz de interponer algún tipo de recurso deje de existir la causa que hace exigible su cumplimiento, el PST debe seguir el siguiente procedimiento:

  • El solicitante debe Remitir los siguientes documentos:

• Fotocopia del documento de identificación del sancionado (cédula de ciudadanía, cedula de extranjería, Número identificación Tributaria-NIT, tarjeta de identidad). Según corresponda.

• Certificación de cuenta bancaria del sancionado a la cual FONTUR trasladará los recursos producto de la devolución.

• Fotocopia de los actos administrativos, resoluciones, sentencias u otros actos proferidos por MinCIT – SIC o de las comunicaciones o correos electrónicos remitimos por las Cámaras de Comercio que respalden el saldo a favor objeto de la solicitud.

• Adjuntar solicitud de devolución debidamente firmada por el sancionado o apoderado de la persona jurídica beneficiaria del saldo a favor.

• Manifestar bajo la gravedad del juramento si existen o no deudas a su cargo por concepto de multas o sanciones y la discusión de actos proferidos por Cámaras de Comercio – MinCIT – SIC. En el caso de solicitudes de devolución la afirmación anterior deberá referirse a deudas distintas de aquel objeto de la misma.

• Adjuntar copia de la consignación (formato Sistema Nacional De Recaudos Comprobante de Pago Universal Individual) donde evidencie el pago de la multa o sanción objeto de la devolución.

Reiteramos que este procedimiento será efectuado directamente por el PST ante FONTUR, no obstante, es importante que las Cámaras conozcan esta información y pueda ser comunicada a los usuarios que la requieran.

Fuente: FONTUR.

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