Renovación del RNT de PST que se encuentran en procesos de insolvencia
Recordemos que para la renovación del RNT de aquellos PST que se encuentren obligados al pago de la contribución parafiscal, la plataforma del RNT realiza la verificación automática ante FONTUR, y en caso de no encontrarse al día en todos sus pagos correspondientes, no podrá radicar su trámite de renovación.
Para aquellos PST que se encuentren en procesos de insolvencia y requieran renovar su RNT, pero no cuenten con alguno(s) de los pagos de la contribución parafiscal exigidos para poder radicar su trámite en la plataforma del RNT, deberán presentar de manera previa su situación ante FONTUR mediante trámite especial.
FONTUR informa que los PST en procesos de insolvencia deben adelantar el siguiente procedimiento:
- Presentación formal: Previo a la solicitud de renovación del Registro Nacional de Turismo (RNT) de aquellos PST aportantes que se hayan acogido a un proceso de insolvencia empresarial en el marco del régimen de la Ley 1116 de 2006 y los decretos legislativos 560 y 772 de 2020, deberán presentarse formalmente ante FONTUR.
La solicitud deberá indicar nombre del sujeto del proceso, número de identificación, número de expediente, clase de proceso y etapa en la que se encuentra.
- Documentos que se deben anexar: La solicitud ante FONTUR deberá acompañarse de los siguientes documentos según la etapa del proceso en que se encuentre:
- Auto de admisión al proceso de reorganización empresarial o auto de apertura del proceso de liquidación judicial, según el caso.
- Proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto, que incluya las acreencias a favor del Fondo Nacional de Turismo (FONTUR). Tratándose del proceso de liquidación judicial proyecto de calificación y graduación de créditos e inventario valorado de bienes por parte del liquidador.
- Acuerdo de reorganización o adjudicación de bienes, según el caso.
- Para todos los casos, el aportante deberá enviar las liquidaciones privadas de la contribución parafiscal debidamente diligenciadas y suscritas, según lo previsto en el artículo 2.2.4.2.1.6. del Decreto 1074 de 2015.
- Esta información debe enviarse a través del siguiente enlace: https://fontur.com.co/servicio-al-cliente/contribucion-parafiscal.
Las solicitudes serán estudiadas de manera individual por la Dirección de Contribución Parafiscal, de acuerdo con el resultado del estudio realizado se procederá con la aceptación o no de la misma. Esto significa que no todos los prestadores que manifiesten estar en proceso de insolvencia, podrán culminar su proceso de renovación sin el cumplimiento del requisito señalado en el artículo 2.2.4.1.3.4 del Decreto 1074 de 2015.
Resulta importante aclarar que este trámite previo será transparente para la solicitud de renovación del RNT en la plataforma tecnológica de las Cámaras de Comercio, toda vez que se realizará normalmente la verificación automática de pagos de contribución parafiscal ante FONTUR, que de no superarse, no permitirá la radicación del trámite en el RNT.
FONTUR realizará en cada caso los ajustes necesarios para que los PST en procesos de insolvencia puedan radicar su solicitud de renovación en la plataforma del RNT.
Fuente: FONTUR.